A vueltas con el permiso para el cuidado de familiares

La reciente STS núm. 140/2026, de 5 de febrero de 2026, (rec. cas. 236/2024), analiza la duración del permiso del artículo 37.3 b) ET cuando el familiar o conviviente recibe alta hospitalaria antes de agotarse los cinco días, si no recibe alta médica y además se le prescribe reposo domiciliario (en este caso, se alegaba la infracción del artículo 50 del convenio colectivo en relación con el artículo 37.3 b) ET).

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